Vida Individual
Es uno de los tipos del seguro de personas en el que el pago por el asegurador de la cantidad estipulada en el contrato se hace depender del fallecimiento o supervivencia del asegurado en una época determinada. Es conveniente en esta forma de seguro delimitar el concepto de asegurado, de cuya vida depende el pago del capital, para contraponerlo al de tomador del seguro o contratante, que es quien suscribe el seguro y paga la prima (puede coincidir con el asegurado) y al de beneficiario, que es la persona que percibirá el capital pagado por el asegurador.
En esencia hay dos modalidades principales de seguro de vida:
· Seguro en caso de muerte: el beneficiario recibirá el capital estipulado cuando se produzca el fallecimiento del asegurado.
· Seguro en caso de vida: el beneficiario percibirá el capital si el asegurado vive en una fecha determinada.
Pueden ser de corto plazo o de largo plazo.